POR EMILIO LUGO
Queremos reiterar ante la opinión pública y las autoridades, las razones por las que no se debe aplicar impuesto al acto cooperativo, o sea el esfuerzo solidario que desarrollan los asociados para crear y brindar servicios, entre sí que les posibilite mejorar sus condiciones de vida. La empresa cooperativa es una forma de organización completamente diferen e a las que operan en la sociedad.
Fundamentalmente es un modelo de organización que le da un alto sentido y respeto al trabajo de las personas, con la confianza plena de que las mismas pueden mejorar su calidad de vida por medio de la cooperación.
Entonces, cuando hablamos de cooperativas, nos referimos prioritariamente a una experiencia humana, a la acción de hombres y mujeres en los múltiples campos de la actividad económica y social que se asocian voluntariamente, unen esfuerzo, capital, ahorro, producción para obtener rentabilidad social, dentro de una empresa que es de propiedad común. Esto significa que pertenece exclusivamente a todos los socios y socias, quienes administran y controlan la gestión de su cooperativa, juntan sus propios y en la mayoría de las veces, escasos recursos, comparten los diversos servicios entre ellos mismos para satisfacer sus necesidades comunes.
Esto significa que el objetivo central de una cooperativa es dar oportunidad al socio y su familia y a la misma comunidad en que opera, a acceder a mejores servicios en salud, educación, capacitación, crédito, pequeños ahorros, trabajo decente y vivienda mínimamente confortable, tecnología para su producción etc. Y más aún, brindar un espacio para desarrollar una cultura distinta, basada en valores y principios democráticos, actitudes y compromisos ciudadanos con componentes éticos que permiten construir verdaderas redes organizativas mediante la participación activa de la gente a través de prácticas solidarias. Lo que Bernardo Kliksberg denomina el capital social que actualmente es considerado una condición esencial para el verdadero desarrollo humano sostenible.
Todo esto, con miras a avanzar hacia una sociedad con mayores niveles de igualdad, equidad y justicia. En las cooperativas, el uso de los principales servicios, como ahorro, crédito etc., es exclusivo de los socios. No están abiertos a quienes no son miembros. No se otorgan créditos a “empresas comerciales”, de capital o a “sectores empresariales” como se menciona en un artículo del diario ABC del domingo 5 de Julio, página 31, insinuando que de esa manera se crea una competencia injusta con Bancos y Financieras.
Estas afirmaciones se hacen por desconocimiento de la forma de organización, trabajo y la finalidad de las cooperativas y porque se las pretende medir con las mismas reglas, los mismos criterios y las mismas normas que a las demás empresas que habíamos mencionado.
Es bueno repetir que las empresas con fines de lucro, de ganancia, no pueden ser socias de una cooperativa, atendiendo lo que manda nuestra doctrina y la Ley 438/94. Además, únicamente se conceden préstamos a los socios. De esas actividades y servicios que los asociados realizan dentro de su empresa cooperativa y las cooperativas llevan a cabo entre ellas para lograr sus objetivos, hablamos cuando nos referimos al acto cooperativo. Con dichas acciones no se trata de sacar ventajas, obtener rentabilidad, acumular ganancias del capital.
Si solamente los socios se benefician con estos servicios y en el caso de los créditos que se conceden, utilizando parte de su propio dinero, como pueden especular, procurar sacarse ventajas entre ellos mismos, obtener lucro, perjudicándose mutuamente. En consecuencia, no hay en el acto cooperativo hechos o intenciones de lucrar, conseguir rentabilidad, por tanto, no hay razones para aplicar el IVA, como pretende el Ministerio de Hacienda, a través de las decisiones adoptadas en la Cámara de Diputados.Volvemos a aclarar que si las personas no socias utilizan servicios diversos como salud, educación, capacitación, compra de mercaderías etc., pagan un costo diferente y sobre esos ingresos las cooperativas pagan todos los impuestos.
En cuanto a las demás empresas del mercado, éstas son creadas con inversión de capital y cuyo objetivo es justamente obtener ganancia con el dinero invertido legítimamente y es justo que paguen impuesto sobre la misma.