Con la intención de que las tasas de interés para créditos que rigen en el mercado sean más competitivas, la Superintendencia de Bancos (SIB) modificó los criterios de cálculo para los topes de tasas que las entidades del sistema deben aplicar.
Según explicaron los responsables de la SIB, en el criterio anterior los topes estaban definidos por plazos, creando confusión entre los agentes tomadores de la información.
Con este registro se unifica el criterio sobre una base única. La dificultad que se plantearía con este nuevo criterio es que los préstamos con plazos de un año y más, que tenían un techo inferior con relación a los créditos con plazos menores de un año, pueden encarecerse. Lo real es que el incremento del techo para los créditos de largo plazo abre una posibilidad de que los mismos se encarezcan.
Por su parte, Hernán Colmán, superintendente interino, explicó que por una cuestión de competencia, difícilmente los bancos entren en el mercado con tasas más altas que sus demás competidores. El promedio de las tasas activas que cobran las intermediarias por los créditos que colocan al público es del 43% y el tope se calcula añadiendo 30% a dicho valor, según la Ley 2339/2003. Los topes son el techo hasta el cual las intermediarias pueden cobrar a sus clientes; pasado dicho límite, las tasas son consideradas usurarias.
La tasa tope para créditos en el sistema financiero, que estará vigente el próximo mes, será del 56,21%, inferior al 56,52% vigente en este mes para créditos de 90 días, pero superior en comparación a lo establecido para los demás plazos de 180, 365 y más de 365 días vigentes en este mes con tasas del 35,50%, 37,99% y 38,32% respectivamente.
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