El Poder Ejecutivo, a través del Decreto N° 10.957, estableció un plazo transitorio para la regularización de deudas impositivas a cargo de la Subsecretaría de Tributación y la Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda.
Hasta el 28 de junio de 2013, dispone que las multas para los contribuyentes con obligaciones fiscales reclamadas hasta el 31 de diciembre de 2011, en concepto de contravención pendiente de cumplimiento ante la SET y las apremiadas por la Abogacía del Tesoro o en trámite contencioso administrativo, quedan reducidas a 50.000 guaraníes.
Asimismo, el recargo o interés a que también está sometida la infracción por mora queda reducido en un porcentaje del cero por ciento para las deudas en concepto de tributos previstas en la Ley 125/91 y sus modificaciones.
El presente régimen transitorio incluye a aquellos contribuyentes que se presenten voluntariamente a regularizar su situación impositiva ante la SET, incluidos los casos que se encuentran en proceso de fiscalización o de determinación tributaria.
Además, podrán acogerse los contribuyentes cuyas obligaciones impositivas consten en certificados de deudas y listados de deudas remitidos por la SET, que se encuentren registrados y apremiados por la Abogacía del Tesoro o se encuentren en proceso contencioso administrativo.
En todos los casos, las obligaciones fiscales adeudadas, reclamadas o demandadas que se acojan al presente régimen de regularización, corresponderán hasta el periodo fiscal 2011.
El decreto faculta a las direcciones generales de Recaudación y de Grandes Contribuyentes de la SET y a la Abogacía del Tesoro a conceder facilidades de pagos a través del sistema informático Marangatú, hasta en 24 cuotas mensuales sobre el monto obtenido de aplicar los beneficios contemplados en este decreto, aplicando una tasa de interés del 1 por ciento (1%) mensual, informó el Ministerio de Hacienda.
Fuente: www.ipparaguay.com.py