Mayor exigencia para gerentes y directivos, así como límite en los gastos de gobernabilidad se enumeran entre las principales modificaciones que sufrirán las cooperativas de ahorro y crédito, de conformidad con la Resolución del Incoop Nº 11102/13, que se presentó oficialmente ayer. También se establecieron topes en los plazos de los créditos, así como en los montos otorgados a los socios.
La resolución que emitió el Instituto Nacional de Cooperativismo (Incoop) incluye una serie de modificaciones de la Resolución 499 de 2004.
Entre las principales variantes que se encuentran en la renovada normativa que regirá desde el 1 de enero de 2014, en este caso al sector de ahorros y créditos, figuran las normas generales de gastos, que no estaban contempladas en la anterior resolución.
La nueva disposición establece que los gastos de gobernabilidad deberán ser hasta el 5% del total de los gastos operativos y administrativos, para aquellas cooperativas con mayores activos, tipificadas como de tipo “A” (activos superiores a G. 50.000 millones). En tanto que para las de tipo “B” (entre G. 5.000 y G. 50.000 millones) podrán llegar al 6% y 8% para las de tipo “C” (hasta G. 5.000 millones).
La asamblea establecerá la dieta o pago similar por sesión, en cada caso. Además, fijará la cantidad máxima de sesiones que serán remuneradas y establecerá el monto mensual máximo que un directivo puede recibir en concepto de dietas o pago similar. Si el directivo participa en varios comités, no podrá percibir más que el monto máximo mensual aprobado por la asamblea.
Requisito para gerentes
La normativa establece además una serie de requisitos que deben reunir los gerentes, exigibles solo a las cooperativas tipo “A”. Título profesional y académico en administración, economía y finanzas, o ciencias afines, acreditar experiencia mínima de cuatro años, sea como administrador, director o responsable de áreas de negocios de cooperativas, entidades financieras u otras instituciones y no estar inhibido, fallido ni interdicto.
Sobre créditos
La presente normativa pone un techo a los créditos a asociados. En efecto, el total de créditos otorgados a un solo socio no podrá sobrepasar el 3% del total del patrimonio efectivo.
En cuanto a los plazos, la normativa establece que las cooperativas tipo “A” y las centrales estarán limitadas al plazo que establezcan sus reglamentos. Pero las cooperativas “B” podrán otorgar créditos hasta un plazo máximo 60 meses, mientras que las de tipo “C” con plazo máximo de 36 meses.
La renovación del marco regulatorio se realizó con el asesoramiento de consultora internacional World Council of Credits Unions, Inc. (WOCCU).
Fuente www.abc.com.py