La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) del Ministerio de Hacienda emitió la Resolución General Nº 99/2013 en la cual se precisan aspectos referentes a la aplicación de algunas disposiciones dictadas anteriormente sobre la retención del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
La resolución establece que los contribuyentes designados como agentes de retención del IVA conforme al Decreto Nº 1164 del año 2008 y sus modificaciones y reglamentaciones, deben retener el IVA a partir de la vigencia de la resolución que les designó como retentores, independientemente a la fecha de emisión de la factura respectiva.
Estos contribuyentes deben retener el IVA y presentar sus declaraciones juradas ante la Administración Tributaria mensualmente, con o sin movimiento. En ese sentido, la presentación se debe hacer únicamente por Internet.
La SET cuenta con más de 4.900 contribuyentes que cumplen la función de agentes de retención como ser: empresas transportadoras, supermercados, empresas de almacenamiento, cooperativas, autoimpresores y otros pertenecientes al sector de grandes contribuyentes.
Fuente: www.hacienda.gov.py