La prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento de Terrorismo son temas muy abordados en las cooperativas por una cuestión fundamental: las disposiciones de las normativas de la Resolución Nº 370/11 de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad).
El documento establece el cumplimiento obligatorio por parte de las cooperativas. Existen también motivos únicos como riesgos inherentes al conocimiento del socio y de sus movimientos financieros para conocer si provienen o no de fuentes legales. En las entidades solidarias existe una lucha constante contra estos flagelos.
Las capacitaciones que se realizan permite que los socios, funcionarios y directivos aprendan conceptos, socialicen y se conviertan en agentes de prevención.Es necesario insistir en que las cooperativas deben dar a conocer medidas preventivas el alcance de los Riesgos. “Ante casos que se presenten, la Alta Dirección representado por el Consejo de Administración debe impulsar todos los mecanismos que apoyen al fortalecimiento de las Políticas y Procedimientos en el tema”, afirmó Martín Ortega, jefe del Departamento Central de Riesgos del Instituto Nacional de Cooperativismo (Incoop).
En caso de que se tenga que realizar un Reporte de Operaciones Sospechosas a la Seprelad, dicha acción debe ejecutarse, pues no constituye ninguna acusación al asociado, sino mas bien que las operaciones no se encuadran a los movimientos financieros que debía de realizar, explicó el experto.