martes, junio 17, 2025

Capacitación en temas tributarios brindó la CU

De la mano de la Dra. Alba Talavera, la Cooperativa Universitaria ofreció una serie de dos encuentros de actualización sobre la reforma tributaria. 

El objetivo de la cooperativa fue abordar sobre el nuevo sistema tributario contemplados en la Ley Nº 6380/19 “De modernización y simplificación del sistema tributario” y las reglamentaciones establecidas en el marco de esta legislación. 

Durante la primera jornada, la profesional explicó detalladamente lo referente al Impuesto a los dividendos y a las utilidades (IDU).

Existen muchas dudas con relación al IDU. Por ello, es importante conocer cuáles son los ítems a tener en cuenta para comprender este tributo, señaló.

Los hechos generadores, los contribuyentes alcanzados, las tasas, las exoneraciones, cuáles son las documentaciones respaldatorias, cuándo nace la obligación tributaria. “Todos estos son elementos de suma importancia cuando se aborda sobre el IDU”, agregó.

En el Artículo 40 de la ley se determina que el hecho generador son las utilidades, los dividendos o los rendimientos, puestos a disposición o pagados al dueño, a los consorciados, a los socios o accionistas por parte de las empresas unipersonales, sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, sociedades en comandita simple, sociedades de capital, e industria, consorcios constituidos para la realización de una obra pública y demás sociedades o entidades privadas de similar naturaleza con personería jurídica constituidas en el país. 

Igualmente, los establecimientos permanentes de entidades constituidas en el exterior son gravados por el IDU.

Aquí aparece una figura nueva, ya que las empresas unipersonales, cuando retiran dividendos y utilidades, también se considera como un impuesto a los dividendos y las utilidades, resaltó.

De este impuesto quedan excluidas las utilidades, excedentes o rendimientos distribuidos por las cooperativas regidas por la Ley Nº 438/1994 y sus modificaciones, como también las mutuales regidas por la Ley Nº 3472/2006.

Sin embargo, las cooperativas están sujetas al pago por incremento de ganancia por capital que no tienen rango incidido en lo referente al Impuesto de la Renta Personal (IRP). 

Contribuyentes

El IDU incluye como contribuyentes a personas físicas, jurídicas y demás entidades residentes en el país o no, toda vez que perciban dividendos, utilidades o rendimientos en carácter de dueños, consorciados, socios o accionistas.

En cuanto a la base imponible, el IDU se determina sobre las utilidades, dividendos o rendimientos netos puestos a disposición o pagados al dueño, al consorciado, a los socios o accionistas. 

Las utilidades destinadas a la cuenta de reserva legal, a reservas facultativas o a capitalización, no estarán sujetas al IDU, salvo en caso de darse rescate de capital sobre el capital genuinamente integrado. 

Tasa del IDU

Para el ejercicio fiscal 2021, tasa del IDU establecida es del 8%, si el que recibe los dividendos, utilidades o rendimientos es una persona física, jurídica o entidad residente en el país. En cambio, si el perceptor es no residente en Paraguay, el canon es del 15%. En este punto se incluye se incluye a la casa matriz del exterior a las que se remesa las utilidades. 

Situación actual

En el escenario actual que se vive en el país es necesario situarse “en la camisa” de los contribuyentes, quienes tienen la intención de pagar el IDU, pero se encuentran con serios problemas de liquidez, señaló Talavera. “Solamente los contadores podemos saber con exactitud esta información”.

Charla virtual

Las charlas se desarrollaron el 31 de agosto y 1 de setiembre. En la primera fecha, el foco fue el IDU. En la segunda, la disertante expuso sobre el Impuesto a la Renta Personal (IRP). Ambas fueron trasmitidas por Facebook Live.

El ciclo de charlas fue organizado por el Comité de Educación de la CU, con el objetivo de proponer información valiosa a los socios contribuyentes, profesionales contables y público en general. La Dra. Alba Talavera, quien ejerció de capacitora, es integrante del consejo profesional del Colegio de Contadores del Paraguay (CCP) y tuvo una activa participación en el proyecto de reforma tributaria.

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