El movimiento cooperativo impulsa la modificación de la Ley N.º 154/1969, “Que sanciona la Ley de Quiebras”, con el objetivo de establecer mayores controles sobre las convocatorias de acreedores y evitar prácticas que, según advierten, están afectando especialmente a cooperativas vinculadas a funcionarios públicos. La propuesta fue analizada durante una mesa de trabajo convocada por la Comisión de Economía, Cooperativismo, Desarrollo e Integración Económica Latinoamericana de la Cámara de Senadores, con participación de representantes de la Confederación Paraguaya de Cooperativas Limitada (CONPACOOP), el Banco Nacional de Fomento y otros actores del sistema financiero.
El presidente de CONPACOOP, Abg. Lorenzo Barreto, explicó que la iniciativa busca actualizar una legislación que data de 1969 y responder a una problemática que el sector considera creciente: la presentación masiva de convocatorias de acreedores. Según señaló, personas asesoradas por abogados estarían recurriendo a este mecanismo para dejar de pagar sus créditos durante varios años, situación que termina afectando a las entidades acreedoras y también a los propios deudores. Barreto sostuvo que esta práctica perjudicó especialmente a cooperativas de policías, militares y docentes, por lo que la Confederación planteó la necesidad de introducir cambios puntuales a la normativa.
Uno de los principales puntos de la reforma se concentra en el artículo 12 de la Ley de Quiebras, específicamente en la intervención de la Sindicatura. La propuesta busca sustituir la expresión “podrá” por “deberá”, de manera que el juez tenga la obligación de remitir el expediente al síndico para su correspondiente dictamen y verificación antes de declarar una convocatoria de acreedores. Para los cooperativistas, este cambio es central porque permitiría incorporar un control técnico previo y evitar que las convocatorias sean admitidas de manera automática o masiva sin la intervención de la autoridad encargada de analizar la situación.
Otro aspecto planteado está relacionado con los salarios de los funcionarios públicos, que actualmente pueden quedar comprendidos dentro de los activos considerados en estos procesos. La modificación pretende que los salarios no formen parte del activo sujeto a la convocatoria, permitiendo que las instituciones acreedoras continúen aplicando los descuentos correspondientes a los créditos contraídos. Barreto consideró que ambas modificaciones son puntuales pero pueden contribuir a frenar lo que calificó como una “mafia de las convocatorias de acreedores”, al tiempo de proteger la sostenibilidad de las cooperativas y evitar que los propios asociados acumulen deudas durante procesos judiciales que pueden extenderse por varios años.
La CONPACOOP señaló que ya mantuvo reuniones con la Sindicatura General de Quiebras y representantes de la Corte Suprema de Justicia, y destacó que existe coincidencia entre distintos sectores sobre la necesidad de actualizar la legislación. El proyecto se encuentra actualmente en estudio en el Senado y, una vez aprobado, deberá pasar a la Cámara de Diputados. Los cooperativistas esperan que el tratamiento avance con celeridad, considerando que la reforma apunta a fortalecer los controles judiciales y reducir los efectos de las convocatorias masivas sobre las entidades financieras y sus asociados.


