jueves, marzo 28, 2024

Ajustar nuestras acciones a la doctrina cooperativa

Emilio Lugo
emiliolugo54@hotmail.com
No debemos dejar de insistir respecto a la doctrina en la que se basa la identidad cooperativa, aunque parezca repetitivo. Nos referimos
al conjunto de factores, elementos que le dan características propias, perfiles particulares, definiciones y conceptos especiales, concretos
a las empresas cooperativas y que las distinguen, las diferencian de cualquier otra entidad o institución que existe en nuestra sociedad.
En síntesis, no podemos dejar de lado, ignorar o despreciar los valores y principios universales que en esencia expresan el rostro y el espíritu
del cooperativismo en todo el mundo y que deben conducir, orientar, iluminar, justificar nuestras acciones económicas, sociales, financieras
y culturales. Nuestra propia participación ciudadana, como dirigentes cooperativistas, debe constituirse en modelo referencial por la honestidad y transparencia que proyecta el liderazgo democrático.
Por eso hemos señalado la necesidad de ceñirnos, apoyarnos en nuestro modelo específico, en nuestro propio sistema de organización
y trabajo solidario, basado en la autonomía y libre organización, al tomar nuestras decisiones, planificar, elaborar normas, juzgar la conducta,
participación y gestión de socios, directivos y funcionarios de las cooperativas.
Esto incluye el tratamiento del tema relacionado con las tasas de interés de las tarjetas de crédito. Y es que algunas autoridades
del Incoop están reiterando, que las cooperativas deben adecuar el tope o límite de las tasas de interés de sus tarjetas a las normativas y
resoluciones emitidas por el Banco Central del Paraguay (BCP).
No entendemos las razones ya que la Ley 5476/15 es sencilla y definitoria al respecto. El BCP no tiene potestad, autoridad sobre las cooperativas.
No es el órgano regulador, es decir de fiscalización y control de las entidades solidarias. Esa misma institución reconoce en el artículo 2° de la
Resolución N° 43 que la Reglamentación en cuanto a las tarjetas se aplicará a las empresas supervisadas por el BCP o sea a los bancos y financieras.
El Consejo Directivo, como cuerpo colegiado donde las decisiones se toman por mayoría, debería cerrar este capítulo y enfocar su esfuerzo, interés y preocupación en otras prioridades que exigen el máximo empeño y esfuerzo.
Una de las cuestiones clave alude al nuevo marco normativo que se debe elaborar juntamente con el sector cooperativo. En este caso, lo
más conveniente es que el Incoop y la Conpacoop conformen de nuevo un equipo técnico, político y elabore la propuesta a ser presentada a las cooperativas para que al final contemos con un instrumento legitimado por el movimiento cooperativo y que responda a la naturaleza de las empresas de economía social. Que el proyecto no sea un intento de trasplantar experiencias implementadas en otros países, sino que se adapte a la realidad actual de las cooperativas paraguayas.
Que podamos contar con reglas que se puedan cumplir, sin dejar de ser exigentes. Necesitamos normativas que ayuden a fortalecer el desarrollo institucional de las empresas cooperativas, que no pierda de vista el horizonte de la doctrina, así como la naturaleza organizativa
económica, con finalidad social, solidaria de las cooperativas.
Otro punto, no menos importante es la capacitación y el buen salario que se deben brindar a los técnicos fiscalizadores. En este campo hay que
ser cuidadosos, ya que la garantía para un control objetivo y de calidad tiene como condición contar con equipos multidisciplinarios de personas especializadas con profundos conocimientos del cooperativismo y sus normas.

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