viernes, marzo 29, 2024

Gobierno oficializa nuevo régimen simplificado para importación de frutihortícolas

 

Por decreto nº 11.124, el Poder Ejecutivo de Paraguay estableció el Régimen de Despacho Simplificado para importadores de productos frutihortícolas, que tendrá vigencia por 90 días, por un monto máximo de 2.000 dólares al mes, dividido en dos despachos de 1.000 dólares cada uno.
 
El régimen entrará a regir en diez días, y no modifica el Régimen de Pacotilla, que se mantiene en 150 dólares por mes, según se anunció en el Palacio de Gobierno.
 
Se exceptúa del nuevo sistema la importación de tomate, locote y naranja.
 
El decreto indica que los productos que se importarán bajo éste régimen simplificado se ajustarán al cumplimiento de disposiciones específicas en materia de sanidad y calidad vegetal para su introducción al territorio nacional como ser el sistema de aceditación del Afidi (sistema de acreditación fitosanitaria).
 
 
El régimen de despacho simplificado implica que cada comerciante podrá inscribirse en ventanilla de Aduanas sin concurso de despachantes e importar los productos en este régimen hasta por valor de 1.000 dólares por cada despacho pudiendo los comerciantes realizar dos despachos por mes.
 
La Dirección Nacional de Aduanas establecerá los procedimientos específicos necesarios dentro del sistema informático Sofía y en la Ventanilla Única de Importación para la tramitación de la nacionalización de los productos frutihortícolas.
 
Asimismo, se autoriza al Servicio Nacional de la Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (Senave) a implmentar procedimientos simplificados en forma temporal dentro de su sistema de registro de importadores de productos vegetales, a fin de facilitar la formalización del sector de interés de esta normativa.
 
Los productos frutihortícolas que se importen bajo este régimen simplificado se ajustarán al cumplimiento de disposiciones en materia de sanidad y calidad vegetal para su introducción al territorio nacional, como la solicitud de la Afidi, estar acompañados por el certificado fitosanitario de exportación o re-exportación, estar sujetos a la inspección y verificación documental en los puntos de ingreso, y cumplir con los requisitos sobre envasado y transporte de frutas y hortalizas.
 
Igualmente, deberán pagar los tributos establecidos en el arancel aduanero y los tributos internos legalmente establecidos.
 
Queda prohibido el fraccionamiento que posibilite acceder artifisionamente a este régimen
 
Establece además que las personas físicas que hayan sido inscriptas como empresas unipersonales se someterán al sistema de registración a ser habilitado por Aduanas, a los efectos tributarios y estadísticos, las empresas unipersonales o jurídicas que utilicen el régimen deberán estar inscriptas en la Subsecretaría de Tributación, y se exigirá la presentación ante las autoridades aduaneras la factura comercial o documento equivalente como documento probatorio de la operación de compra/venta realizada.
 
Los productos frutihortícolas originarios del Mercosur tendrán las preferencias arancelarias correspondientes si se comprueba dicho origen.
 
 
“Con esto se va dar solución a una problemática de muchos años, se pone  fin al problema que tenían los comerciantes de fronteras que en varios casos han sido acusados de realizar contrabandos” manifestó Rody Godoy, ministro de Agricultura.
 
Fuente: www.ipparaguay.com.py

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