Mediante el Decreto Nº 360 del Poder Ejecutivo, fue cesado el presidente del Instituto Nacional de Cooperativismo. El documento fue promulgado con fecha del 15 de septiembre del 2023.
El comunicado señala que el artículo 238, numeral 6) de la Constitución Nacional dispone que son deberes y atribuciones del Presidente de la Republica “nombrar y remover por sí a los ministros del Poder Ejecutivo, al Procurador General de la Republica, cuya designación y permanencia en los cargos no estén reglados de otro modo por esta Constitución o por la ley”.
Por lo tanto, el artículo 8°, inciso c) de la Ley N° 1626/2000 “De la Función Pública, dice que entre los cargos de confianza se encuentran los presidentes y los miembros del consejo o directorios de entidades descentralizadas. Según la Ley N° 2157/2003 que regula el funcionamiento del Incoop, esta institución es considerada una persona jurídica de derecho público, autónoma y autárquica.
Pedro Elías Löblein fue nombrado presidente en el año 2020 por Decreto N°3216 del Poder Ejecutivo durante el gobierno de Mario Abdo Benítez. Con esto se deberá comenzar el proceso de elección de una terna a través de la Asamblea Nacional de Cooperativas, como lo señala la ley de cooperativas. Luego, el actual Presidente de la República, Santiago Peña, deberá decretar el nombramiento del sucesor de Löblein.