Abog. Francisco Valle Gómez
vallegom.francisco@gmail.com
Los cooperativistas no solo deben luchar contra las necesidades que el ESTADO no sabe o no puede satisfacer, sino que ahora deben luchar también contra las pretensiones de un ESTADO mezquino, poco austero y gobernado por pequeños grupos que no representan a la mayoría de la población.
Cegados por el poder y creyéndose poderosos, las autoridades nacionales olvidan que los cargos solo duran un corto tiempo y que encima, la continuidad en los mismos dependen del voto del pueblo, ese pueblo que hoy se encuentra necesitado, golpeado, carenciado pero observando atentamente cada paso de las autoridades que mañana rogarán votos con promesas y discursos rimbombantes.
Hoy nos toca la dura tarea de luchar por conservar las “medidas de fomento del cooperativismo” que la Ley de Cooperativas ha previsto para materializar la previsión establecida en el Art. 113 de la Constitución Nacional.
Esa lucha pasa por lograr que las autoridades nacionales entiendan que en las cooperativas no existen actos de comercio, como tampoco lucro, utilidades o ganancias. En las cooperativas no existe lucro, lo que no quiere decir que éstas deban trabajar a pérdida y por ello se busca lograr un EXCEDENTE que en ningún caso se distribuye entre los socios al cierre del ejercicio.
El lucro o las utilidades generadas por empresas no solidarias sino lucrativas se destina a engrosar directamente el patrimonio de sus socios (accionistas-capitalistas), lo que está muy bien para quienes disponen de cierto capital y forman parte de esas empresas.
En las cooperativas no existe LUCRO, si existe EXCEDENTE. La diferencia está en que ese mayor valor obtenido por las operaciones dentro de un ejercicio anual NO SE DISTRIBUYE ENTRE
LOS SOCIOS, sino que se distribuye de conformidad al Art. 42 de la Ley Nº 438/94 (constitución de la reserva legal, fondo para el Fomento
de la Educación Cooperativa, otros fondos que señale el estatuto social o que sea creado por asamblea, aporte al sostenimiento de federaciones o confederaciones y el remanente que suele ser apenas entre el 10% y el 15% del excedente, se destina a devolver en concepto de retorno a los asociados por el valor pagado por encima del costo de los servicios).
Entonces, no se puede generalizar un impuesto por el solo hecho de que “todos paguen” sin estar reunidos los presupuestos legales y doctrinarios que sustentan la pretensión del cobro.
Recordemos que esa medida de fomento del cooperativismo busca desarrollar y promover a las cooperativas que son un instrumento importante del desarrollo de los sectores más débiles de la población.
Señores diputados, un millón seiscientos mil cooperativistas organizados se encuentran observando atentamente si son representantes del pueblo, o solo del actual Gobierno.